Somos Muralla Azul

En la Comunidad de La Muralla Azul velamos por la protección legal de nuestros asociados uniformados.

Ofrecemos los siguientes modelos de asesoría y acompañamiento:
•Personalizadas.
•Virtuales o vía telefónica.
•Tutelas.
•Derechos de Petición.
•Cobertura nacional.
Las siguientes son las áreas que cubrimos:
•Disciplinario.
•Penal Ordinario y Militar.
•Responsabilidad Fiscal Administrativa.
•Civil.
•Prestacional.
•Familia.

TÉRMINOS Y CONDICIONES

 

TÉRMINOS Y CONDICIONES

 

1. OBJETO


Una vez se efectúa el primer descuento de la nómina al adherente por medio de la libranza aunada al contrato de adhesión, este adquiere los siguientes servicios y beneficios:

SERVICIOS JURÍDICOS PROVEIDOS POR INTERGEP S.A.S., LOS CUALES SE DISCRIMINAN ASÍ: Asesoría y/o consultoría en todas las especialidades del derecho.

1.2. REPRESENTACIÓN Y ACOMPAÑAMIENTO PERSONALIZADO POR UN PROFESIONAL EN DERECHO en las siguientes especialidades: 1) disciplina, II) penal y penal militar (Siempre que el delito investigado no haya sido cometido en desmedro de la Institución a la que pertenece el adherente) III) Civil (procesos: ejecutivos hasta menor cuantía, contratos civiles, responsabilidad civil, asesoría en conciliaciones extrajudiciales), IV) familia (procesos: ejecutivos de alimentos, fijación, disminución, aumento o exoneración de cuota alimentaria; Divorcio, cesación de efectos civiles de matrimonio religioso y liquidación de sociedad conyugal en notaria hasta por mínima cuantia, disolución y liquidación de sociedad patrimonial de hecho por notaria hasta por mínima cuantía y V) responsabilidad Fiscal al interior de la institución.

PARÁGRAFO PRIMERO: La asistencia y representación jurídica de un abogado en los procesos y especialidades arriba descritas, será proporcionada por la Proveedora, siempre que la ocurrencia de los hechos se haya originado en vigencia de la relación contractual.

PARÁGRAFO SEGUNDO: Los honorarios del profesional suministrado por la Proveedora, así como sus viáticos serán asumidos íntegramente por esta. El adherente está en la obligación de asumir los gastos procesales cuando sea representado en uno de los procesos arriba contemplados. Entiéndase por gastos procesales todos los gastos dinerarios en los que deba incurrirse para llevar a cabo la gestión en un proceso judicial y/o notarial (consecución de pruebas, dictámenes periciales, pagos de peritos, sustentación de peritaje, notificaciones, autenticaciones, edictos, papelería, publicaciones, gastos notariales, escrituras públicas, costas procesales, etc.).

PARÁGRAFO TERCERO: En el evento de que el adherente requiera representación jurídica, está en la obligación de solicitar la designación del profesional en derecho con la notificación emitida por el despacho que está adelantando la actuación, en ese orden, dicha solicitud deberá ser presentada por el adherente con 3 días hábiles de antelación a la celebración de la diligencia, así mismo, deberá facilitar y participar en los tramites que demande el desarrollo de los procesos y actividades, ello con el objeto de llevar a cabo una defensa técnica, coherente, útil y eficiente(situación que opera en caso de ostentar la calidad de investigado, demandado o denunciado del proceso). Cuando el adherente sea el demandante, denunciante o víctima del proceso, deberá suministrar los elementos (pruebas), suficientes al abogado para que la actuación en su favor sea prolija y positiva respecto de las pretensiones que se persiguen en el proceso (conseguidas de forma licita), además deberá acompañar al abogado en las respectivas audiencias o diligencias que surjan del proceso.

2. COBERTURA EN MATERIA JURÍDICA

LA COBERTURA EN MATERIA JURÍDICA SERÁ ASÍ: A nivel nacional y máximo dos procesos por periodo pactado o renovado, siempre y cuando los hechos materia de Investigación y/o la presentación de una demanda, concurran respecto del primer descuento de la nómina, previamente autorizada por el adherente. En ese sentido, la Proveedora se abstendrá de asumir preexistencias y procesos a familiares (padres, hermanos, hijos, cónyuge). En todo caso y como beneficio o por encontrarse adherido, este podrá recibir una tarifa preferencial para asumir su representación en el proceso, mediante negociación directa con el abogado de la ciudad, municipio, o departamento donde curse el proceso, conforme a su disponibilidad y bajo el esquema de un contrato independiente al presente instrumento. La proveedora se abstendrá de suministrar el servicio jurídico a las solicitudes del adherente relacionadas con: negocios sistemáticos, (prestamistas, "gota a gota", "pirámides" "presta diario", "prestamos exprés, practicas usureras y en general negocios del mercado de valores sin la autorización respectiva), sucesiones, delitos de narcotráfico y conexos, delitos sexuales en todas sus modalidades y feminicidio.

NOTA ACLARATORIA: La Proveedora facilitará al adherente la asesoría en derechos de petición, recurso de reclamación (negativa) y/o acciones de tutela (artículo 27 Ley 1015 de 2006) cuando este así lo requiera, sin la obligación de asumir el poder o suministrar un abogado para tales eventos.